LEGALIDAD
Legalidad del homeschooling en Colombia
La situación legal de la educación en casa en Colombia no está definida, podría decirse que se encuentra en un “vacío legal”. Las leyes no prohiben educar por fuera de la escuela pues en ninguna parte se habla de la “escolarización” obligatoria, sólo de la “educación” obligatoria y aunque probablemente no sea algo obvio para todos, son dos cosas diferentes.
Sin embargo no existen leyes que lo reglamenten. En este momento, ese vacío legal es ventajoso para nosotros, aunque claramente entre los funcionarios públicos existe un gran desconocimiento con respecto al tema, situación que a algunas familias les ha generado inconvenientes.

Marco Legal:
Podemos encontrar un análisis detallado de las leyes que respaldan la legalidad de la educación en casa, en el libro publicado por la Universidad Nacional de Colombia “Un Mundo por aprender”. El libro se puede leer en este link , y el artículo se llama “Análisis jurídico y político sobre la educación sin escuela en Colombia” (pg. 225).
A manera de resumen, podemos citar:
- La Declaración de los Derechos Humanos Artículo 26.3: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
- La Constitución Nacional Artículo 27: “El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra”.
- La Ley 115 de 1994, Ley general de Educación, en su artículo 7º establece la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos.
También en el libro de la Universidad Nacional de Colombia, podemos encontrar un artículo, que es la transcripción de la ponencia que expuso una funcionaria del Ministerio de Educación, a propósito de la educación en casa, en un seminario realizado en la Universidad Nacional en el 2010. (ver pag. 253)
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Validaciones y obtención de certificados:
Para validar los aprendizajes de los niños, muchas familias se apoyan en los decretos 2832 de 2005 y 299 de 2009. (Estos decretos se pueden descargar de la página web del Ministerio de Educación)
El decreto 2832 de 2005, por el cual se reglamenta lo referente a las validaciones de la educación básica y media académica dice:
ARTÍCULO 1. Ámbito de aplicación: Las disposiciones de este capítulo tienen por objeto reglamentar la validación por grados de los estudios de la educación formal, para los casos en que el estudiante pueda demostrar que ha logrado los conocimientos, habilidades y destrezas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas para los grados de la educación básica y media académica.
ARTÍCULO 2: Procedimiento: Los establecimientos educativos que cumplan con los requisitos legales de funcionamiento y que en las pruebas de competencias SABER se encuentren ubicados por encima del promedio de la entidad territorial certificada o en el Exámen de Estado se encuentren, como mínimo, en categoría alta, podrán efectuar, gratuitamente, la validación de estudios, por grados, mediante evaluaciones o actividades académicas para atender a personas que se encuentren en situaciones académicas como las siguientes:
- Haber cursado uno o varios grados sin el correspondiente registro en el libro de calificaciones.
- Haber cursado o estar cursando un grado por error administrativo sin haber aprobado el grado anterior.
- Haber cursado estudios en un establecimiento educativo que haya desaparecido o cuyos archivos se hayan perdido.
- Haber estudiado en un establecimiento educativo sancionado por la secretaría de educación por no cumplir con los requisitos legales de funcionamiento.
- Haber realizado estudios en otro país y no haber cursado uno o varios grados anteriores, o los certificados de estudio no se encuentran debidamente legalizados.
- No haber cursado uno o varios grados de cualquiera de los ciclos o niveles de la educación básica o media, excepto el que conduce al grado de bachiller.
Si nos remitimos al art. 2 numeral f) vemos que los niños educados en casa están cubiertos dentro de estas “situaciones académicas” y pueden apelar a la aplicación de este decreto para conseguir la validación año por año. Es posible que en el proceso se encuentre uno con funcionarios estatales que desconocen totalmente la educación en casa. Ese puede llegar a ser un problema, pero en los casos que hemos conocido no ha llegado a tener implicaciones graves.
Otras familias prefieren contactar a las directivas de un colegio privado y negociar con ellos para que evaluen a su hijos y los certifiquen año por año. Esta opción seguramente no será gratuita, pero muchas veces es más cómoda y más respetuosa y no son pocos quienes la prefieren.
El decreto 299 de 2009, por el cual se reglamenta la validación del bachillerato en un solo exámen, dice:
ARTÍCULO 1º. Validación del bachillerato. Pueden validar el bachillerato en un solo examen los mayores de 18 años.
Corresponde al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior – ICFES – programar, diseñar, administrar y calificar las pruebas de validación del bachillerato. También estarán bajo su responsabilidad el registro, inscripción y aplicación de las pruebas.
La validación del bachillerato en un solo examen será reconocida exclusivamente por el ICFES a quienes presenten y superen las pruebas escritas o aplicaciones informáticas realizadas para el efecto.
Se puede encontrar información sobre este examen de validación en la página web del ICFES.
La limitación de ser mayor de edad podría llegar a ser un inconveniente si se desea ingresar a la Universidad a una edad más temprana y en ese caso la familia tendrá que apelar a su creatividad y recursividad, o interponer una tutela a dicho decreto.
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Currículo y contenidos académicos:
Como no hay ninguna reglamentación, no es necesario inscribirse en ninguna parte, pero tampoco existe un material oficial para estudiar con él. Las familias manejan los contenidos académicos de diferentes maneras, pues el gobierno no es muy estricto con las exigencias en cuanto a estos contenidos.
Existen los Estándares Básicos de Competencias, que se pueden descargar de la página web del Ministerio de Educación. Estos documentos son la base sobre la cual cada institución educativa estructura su propio currículo, y sobre la que los padres también pueden trabajar, disfrutando de la flexibilidad de contenidos permitida por el gobierno colombiano.
Algunos compran en las librerías los libros de texto de la editorial que ellos elijan y los trabajan en casa con sus hijos, otros utilizan material conseguido por internet; algunos tratan de seguir el plan de estudios año por año, otros permiten a sus hijos seguir sus intereses sin guiarse por ningún currículo.
Educar en casa en Colombia es muy fácil pues no estamos obligados a rendirle cuentas a nadie, pero tanta libertad para algunas personas es incómoda y difícil de manejar, sobre todo al principio.
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CCertificaciones y colegios virtuales
El asunto de las certificaciones y las validaciones es uno de los que más preocupa a las familias, especialmente cuando son nuevos en el tema de la educación en casa.
Para certificar uno o varios grados existen diferentes opciones:
1- Con un colegio público:
El proceso se realiza ante Secretaría de Educación si viven fuera de Bogotá, o ante las Direcciones Locales de Educación en Bogotá, apelando al decreto 2832 de 2005 del MEN que reglamenta las validaciones. En este caso es necesario hablar con el funcionario de la Secretaría o la Dirección local de educación, quien deberá asignar un colegio publico para realizar el proceso. Luego hay que hablar con las directivas y profesores del colegio que estarán involucrados y que serán quienes decidan los mecanismos de evaluación que se utilizarán para otorgar la certificación.
2- Con un colegio privado:
Muchas veces al intentar la opción de validación con colegio público no se obtiene una respuesta abierta y positiva, entonces se busca un acuerdo con un colegio privado que se ofreza a realizar la evaluación y certificación. En algunas ciudades los grupos de familias han adelantado conversaciones y convenios con algunos colegios. Para conocer más debes ponerte en contacto con el grupo regional correspondiente. En Bogotá conocemos el ICT (los datos de contacto están en el listado que se encuentra a continuación).
3- Con un colegio virtual:
Al tener a los hijos matriculados en un colegio virtual el proceso de evaluación y certificación de cada curso es por lo general muy similiar al de un colegio presencial.
4- Validación del bachillerato ante el ICFES:
Si el curso a validar es el grado 11, la validación debe realizarse directamente ante el ICFES, según el decreto 299 de 2009 del MEN. Se puede hacer esta validación si se es mayor de 18 años y no es necesario tener ningún tipo de certificación de los cursos anteriores. Se encuentra más información directamente en la página del ICFES (Ingresar al menú por la ocpión «estudiantes, padres de familia y comunidad»)
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